lunes, 7 de septiembre de 2026

Pago de pensiones a la Administración Pública setiembre 2026 (Decreto Ley N° 20530)
Viernes 11
Ministerio de Educación (inc. Universidades)
Ministerio de Energía y Minas.
Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Ministerio de Defensa.
Poder Judicial.
Ministerio Público.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Justicia.
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras.
Contraloría General de la República.
Congreso de la República.
Ministerio Agrario y Riego.
Presidencia del Consejo de Ministros.

Lunes 14
Ministerio del Interior.
Ministerio Desarrollo e Inclusión Social.
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Defensoría del Pueblo.
Relaciones Exteriores.

Martes 15
Ministerio de Salud.
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Ministerio de Cultura.
Ministerio del Ambiente.
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Registro Nacional de identificación y Estado Civil.

Miércoles 16
Ministerio de la Producción.
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
Oficina Nacional de Procesos Electorales.
Junta Nacional de Justicia.
Jurado Nacional de Elecciones.
Tribunal Constitucional.

Pago de Remuneraciones a la Administración Pública setiembre 2026

Jueves 17
Educación (inc. Universidades)
Presidencia del Consejo de Ministros.
Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Ministerio de Defensa.
Poder Judicial.
Ministerio Público.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Justicia.
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras.
Contraloría General de la República
Congreso de la República.
Ministerio Agrario y Riego.
Ministerio de Energía y Minas.

Viernes 18
Ministerio del Interior.
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Defensoría del Pueblo.
Relaciones Exteriores.

Lunes 21
Ministerio de Salud.
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Ministerio de Cultura.
Ministerio del Ambiente.
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Registro Nacional de identificación y Estado Civil.

Martes 22
Ministerio de la Producción.
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
Oficina Nacional de Procesos Electorales.
Fuero Militar Policial
Junta Nacional de Justicia.
Jurado Nacional de Elecciones.
Tribunal Constitucional.

Pago de Pensiones setiembre 2026 en los distintos regímenes administrados por la ONP

Decreto Ley 19990

Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y Banbif.
Fecha de pago según primera letras de apellido paterno:
Letras A - C: lunes 7 de setiembre.
Letras D - L: martes 8 de setiembre.
Letras M - Q: miércoles 9 de setiembre.
Letras R - Z: jueves 10 de setiembre.
Convenios Internacionales: viernes 15 de setiembre.
Incluye Pensionistas de la Ley N° 27803
Pago a domicilio: del 14 al 23 de setiembre.
Decreto Ley 18846 y pensiones por encargo

Abono en cuenta bancaria: Banco de la Nación, BBVA, Scotiabank, Interbank y Banbif.
Fecha de pago: 11 de setiembre.
Pago a domicilio Decreto Ley 18846
Fecha de pago: del 17 al 23 de setiembre.
Pago a domicilio pensiones por encargo
Fecha de pago: del 17 al 23 de setiembre.
Ley 30003 Pensiones pesqueros

Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación.
Fecha de pago: 11 de setiembre.
Pago a domicilio.
Fecha de pago: del 17 al 23 de setiembre.
Ley 26790 Pensionistas del seguro complementario de trabajo de riesgo

Abono en cuenta bancaria - Banco de la Nación.
Cobertura supletoria, fondo minero y reaseguro: 11 de setiembre.
Pago a domicilio.
Fecha de pago: del 17 al 23 de setiembre.

El Ministerio de Educación (Minedu) autorizó la transferencia de más de S/169 millones a los Gobiernos regionales con la finalidad de garantizar el financiamiento de asignaciones temporales destinadas a docentes y auxiliares de educación. La medida beneficiará a más de 200 000 trabajadores del sector educativo que desarrollan sus funciones bajo determinadas condiciones geográficas o en instituciones educativas con características específicas.
La transferencia fue aprobada mediante el Decreto Supremo N.° 172-2026-EF y permitirá financiar pagos adicionales a la remuneración mensual de los docentes y auxiliares que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Este beneficio está dirigido principalmente a quienes trabajan en zonas rurales, zonas de frontera y el ámbito del VRAEM, además de aquellos que prestan servicio en instituciones educativas unidocentes, multigrado y bilingües. De esta manera, el Estado busca reconocer las condiciones particulares en las que se desarrolla la labor educativa en diferentes partes del país.

Uno de los principales conceptos corresponde a la asignación por ruralidad. El monto que puede recibir el docente o auxiliar depende de la ubicación de la institución educativa y de la distancia que exista respecto de la capital de la provincia urbana más cercana. Por este concepto, los montos pueden variar entre S/70 y S/500 mensuales.

Asimismo, los trabajadores de la educación que prestan servicio en el VRAEM pueden recibir una asignación de S/300 mensuales, mientras que quienes trabajan en zonas de frontera tienen derecho a una asignación de S/100 mensuales, siempre que cumplan las condiciones establecidas.

Las características de la institución educativa también son consideradas para determinar las asignaciones. Los trabajadores que laboran en instituciones educativas unidocentes pueden recibir S/200 mensuales; en instituciones multigrado, S/140; y en instituciones bilingües, S/50.

En el caso de los docentes de Educación Intercultural Bilingüe (EIB), existe además una asignación de S/100 para quienes acrediten el dominio de una lengua originaria y trabajen en una institución educativa bilingüe, de acuerdo con las condiciones señaladas por la normativa.

Un aspecto importante es que estas asignaciones pueden acumularse cuando un docente o auxiliar reúne más de una de las condiciones reconocidas. Según las disposiciones vigentes, un docente puede percibir hasta cinco asignaciones mensuales adicionales a su remuneración, mientras que un auxiliar de educación puede recibir hasta cuatro, siempre que corresponda según las características de su servicio.

Por ello, el monto que finalmente puede recibir cada trabajador no necesariamente será el mismo. La cantidad dependerá de factores como la ubicación de la institución educativa, si se encuentra en una zona rural, de frontera o en el VRAEM, y de las características del colegio donde presta servicios.

La transferencia de estos recursos busca reconocer económicamente a los docentes y auxiliares que trabajan en contextos que pueden presentar mayores dificultades de acceso, dispersión geográfica o condiciones particulares para brindar el servicio educativo.

Es importante precisar que los S/169 millones transferidos no representan un aumento general de sueldo para todos los docentes y auxiliares del país. Se trata de recursos destinados a financiar asignaciones temporales que corresponden únicamente a quienes cumplen las condiciones establecidas por la normativa.

En ese sentido, los docentes y auxiliares interesados en conocer si les corresponde alguno de estos beneficios deben revisar las características de su plaza y de la institución educativa donde laboran, ya que el acceso a cada asignación depende del cumplimiento de los requisitos correspondientes.

La medida representa una importante inyección de recursos para atender las asignaciones vinculadas a las condiciones geográficas y educativas en las que miles de trabajadores desarrollan su labor. Con ello, el Minedu busca contribuir al reconocimiento de quienes garantizan la continuidad del servicio educativo en zonas rurales, fronterizas, bilingües y en otros contextos que requieren una atención diferenciada.

domingo, 16 de agosto de 2026

¿Tus estudiantes participarán en la Feria de Ciencias y todavía no tienen organizado su cuaderno de campo? 

¡No te preocupes! En esta entrada encontrarás un formato de cuaderno de campo para proyectos de ciencia y tecnología, diseñado para que tus estudiantes puedan registrar de manera ordenada todo el proceso de investigación y desarrollo de su proyecto.
¿Qué es el cuaderno de campo?

El cuaderno de campo es una herramienta fundamental para la Feria de Ciencias, ya que permite evidenciar cómo nació la idea del proyecto, qué investigaron, qué materiales utilizaron, qué procedimientos realizaron, qué resultados obtuvieron y qué conclusiones alcanzaron.

Además, ayuda a los estudiantes a desarrollar habilidades de observación, registro, análisis y comunicación científica.

Ideal para docentes de primaria

Este material puede ser utilizado por docentes que estén preparando a sus estudiantes para:

✔ Feria Escolar de Ciencia y Tecnología
✔ Proyectos de Ciencia y Tecnología
✔ Experimentos escolares
✔ Investigaciones científicas
✔ Exposiciones y concursos escolares

El formato también puede adaptarse según el grado y las características del proyecto.

DESCARGA EL CUADERNO DE CAMPO

Preparamos este formato para que puedas descargarlo, imprimirlo y utilizarlo directamente con tus estudiantes.


¡Un material que te ayudará a organizar mejor el proyecto!

Un buen cuaderno de campo no solo sirve para presentar un proyecto. También permite demostrar que los estudiantes participaron activamente en cada etapa de la investigación y que sus resultados son producto de un proceso de trabajo.

Guarda esta publicación y compártela con otros docentes que estén preparando la Feria de Ciencias.

¡Que la ciencia comience en el aula!

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sábado, 8 de agosto de 2026

El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, informó que el Gobierno ha identificado cuatro normas que considera especialmente perjudiciales para las finanzas del Estado.

Entre ellas se encuentran las leyes relacionadas con las gratificaciones de los trabajadores CAS y el CAFAE, mientras que las normas vinculadas con las pensiones de maestros, militares y policías también serán cuestionadas por el impacto que podrían generar en el presupuesto público.
Según explicó el ministro, estas cuatro normas fueron seleccionadas entre varias disposiciones aprobadas por el anterior Congreso debido a que podrían representar un importante costo para el Estado y contribuir al aumento de la deuda pública durante los próximos años.

El Gobierno considera, además, que estas normas presentarían problemas de constitucionalidad, por lo que se evalúa recurrir a las instancias correspondientes para solicitar su revisión.

El ministro de Economía señaló que, desde su perspectiva, las normas cuestionadas generan nuevos gastos para el Estado, una facultad que considera corresponde al Poder Ejecutivo.

Cuba recordó que el anterior Congreso aprobó este tipo de medidas basándose en una interpretación de una sentencia del Tribunal Constitucional emitida en 2022, que habría permitido al Legislativo impulsar iniciativas con impacto económico.

“El Congreso no tiene iniciativa de gasto. La administración de los recursos públicos corresponde al Ejecutivo”, sostuvo el ministro.

Pensiones de maestros y militares serían cuestionadas ante el TC

Elmer Cuba también aclaró que las acciones de inconstitucionalidad relacionadas con las normas sobre pensiones de maestros jubilados, militares y policías no serán impulsadas directamente por el MEF.

Según precisó, estas demandas ya fueron presentadas por el Colegio de Economistas del Perú, que busca que dichas normas sean evaluadas por el Tribunal Constitucional.

El Consejo Fiscal había advertido anteriormente que las leyes aprobadas por el Congreso podrían generar nuevos compromisos permanentes para el Estado por aproximadamente S/ 11 400 millones al año, sin considerar otras iniciativas que todavía estaban pendientes de aprobación.

En el caso de la ley que modifica las pensiones de los maestros jubilados, se plantea que estos reciban una pensión equivalente a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de la primera escala de la carrera magisterial.

Esta remuneración se ubica alrededor de los S/ 3.500 mensuales, por lo que la norma toma como referencia el sueldo de un docente activo de esa categoría para calcular la pensión. 

Según el Consejo Fiscal, esta medida tendría un costo de al menos S/ 8.000 millones anuales. En tanto, la reforma del régimen pensionario de militares y policías tendría un impacto fiscal neto estimado en S/ 46.000 millones en valor presente.

MEF cuestionará ante el TC las leyes sobre gratificaciones CAS y CAFAE

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) prepara acciones de inconstitucionalidad contra dos normas que amplían beneficios para trabajadores del sector público bajo los regímenes CAS y 276, según informó el ministro de Economía, Elmer Cuba.

En el caso del CAFAE (Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo), una de las normas cuestionadas establece la homologación del incentivo único que reciben los trabajadores del régimen 276 de los gobiernos regionales.

De acuerdo con las estimaciones del Consejo Fiscal, esta medida podría representar un gasto adicional de aproximadamente S/ 2 621 millones cada año para el Estado.

Por otro lado, el MEF también cuestionará la Ley N.° 32563, que reconoce a los trabajadores contratados bajo el régimen CAS el derecho a recibir gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, además de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

El pago de las gratificaciones se realizará de manera progresiva. Durante 2026, el beneficio será equivalente al 10 % de la remuneración mensual y aumentará gradualmente hasta llegar al 100 % en 2030.

Según el Consejo Fiscal, la ampliación de estos beneficios laborales para los trabajadores CAS podría generar un impacto de aproximadamente S/ 3 000 millones anuales en las cuentas del Estado.

lunes, 3 de agosto de 2026

Pago de pensiones a la Administración Pública agosto 2026 (Decreto Ley N° 20530)
Viernes 14
Ministerio de Educación (inc. Universidades)
Ministerio de Energía y Minas.
Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Ministerio de Defensa.
Poder Judicial.
Ministerio Público.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Justicia.
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras.
Contraloría General de la República.
Congreso de la República.
Ministerio Agrario y Riego.
Presidencia del Consejo de Ministros.

Lunes 17
Ministerio del Interior.
Ministerio Desarrollo e Inclusión Social.
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Defensoría del Pueblo.
Relaciones Exteriores.

Martes 18
Ministerio de Salud.
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Ministerio de Cultura.
Ministerio del Ambiente.
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Registro Nacional de identificación y Estado Civil.

Miércoles 19
Ministerio de la Producción.
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
Oficina Nacional de Procesos Electorales.
Junta Nacional de Justicia.
Jurado Nacional de Elecciones.
Tribunal Constitucional.

Pago de Remuneraciones a la Administración Pública agosto 2026

Jueves 20
Educación (inc. Universidades)
Presidencia del Consejo de Ministros.
Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Ministerio de Defensa.
Poder Judicial.
Ministerio Público.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Justicia.
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras.
Contraloría General de la República
Congreso de la República.
Ministerio Agrario y Riego.
Ministerio de Energía y Minas.

Viernes 21
Ministerio del Interior.
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Defensoría del Pueblo.
Relaciones Exteriores.

Lunes 24
Ministerio de Salud.
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Ministerio de Cultura.
Ministerio del Ambiente.
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Registro Nacional de identificación y Estado Civil.

Martes 25
Ministerio de la Producción.
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
Oficina Nacional de Procesos Electorales.
Fuero Militar Policial
Junta Nacional de Justicia.
Jurado Nacional de Elecciones.
Tribunal Constitucional.

jueves, 30 de julio de 2026

El Gobierno ha solicitado al Congreso facultades para derogar la Ley 31143, norma que actualmente establece un límite máximo a las tasas de interés que pueden cobrar los bancos, cajas municipales y financieras al otorgar préstamos.
Según el Ejecutivo, esta ley ha restringido el acceso al crédito formal para muchas personas. Además, sostiene que, al no poder acceder a préstamos en entidades financieras, algunos ciudadanos terminan recurriendo a prestamistas informales, conocidos como "gota a gota", quienes suelen cobrar intereses mucho más altos y, en algunos casos, utilizan amenazas o violencia para exigir el pago.

Con esta propuesta, el Gobierno busca crear un nuevo marco legal que permita mejorar el acceso al financiamiento y fortalecer la transparencia en la contratación de productos financieros. También plantea que los usuarios reciban información más clara sobre las condiciones de los préstamos antes de firmar un contrato.

Si el Congreso aprueba el pedido de facultades, el Ejecutivo podrá emitir normas para reemplazar la Ley 31143. Entre los cambios, las entidades financieras tendrían mayor libertad para establecer las tasas de interés de acuerdo con el riesgo de cada cliente, mientras que el Gobierno asegura que se mantendrán mecanismos para proteger a los consumidores mediante una mayor transparencia e información.

La propuesta ha generado opiniones divididas. Mientras algunos consideran que permitirá que más personas accedan a créditos formales y reducirá el uso de préstamos informales, otros advierten que la eliminación del límite a las tasas de interés podría hacer que algunos clientes terminen pagando intereses más elevados. La decisión final dependerá del Congreso, que deberá evaluar si otorga las facultades solicitadas al Ejecutivo.

La entrega de esta bonificación responde a la necesidad de reconocer el importante trabajo que realizan los docentes y auxiliares de educación en las escuelas públicas del país. Según la exposición de motivos de la norma, el sistema educativo enfrenta desde hace varios años una creciente demanda de maestros debido al aumento del acceso a la educación y a las múltiples funciones que actualmente desempeñan los profesionales de la enseñanza.
En la actualidad, la labor de un docente va mucho más allá de dictar clases. Además de planificar y desarrollar las sesiones de aprendizaje, los profesores participan en reuniones con padres de familia, jornadas de coordinación con otros docentes, elaboración de documentos pedagógicos, actividades institucionales, proyectos escolares, capacitaciones y diversas tareas administrativas que requieren tiempo adicional fuera de su jornada habitual.

A ello se suma la implementación de nuevas políticas educativas y reformas curriculares impulsadas por el Ministerio de Educación, las cuales exigen una actualización permanente de conocimientos y el desarrollo de nuevas competencias pedagógicas. Sin embargo, en muchos casos, estas responsabilidades deben afrontarse con limitaciones en infraestructura, recursos tecnológicos, materiales educativos y oportunidades de capacitación.

Por su parte, los auxiliares de educación también cumplen un papel esencial dentro de las instituciones educativas. Su trabajo contribuye al acompañamiento de los estudiantes, al fortalecimiento de la convivencia escolar y al desarrollo de las actividades diarias en las escuelas, convirtiéndose en un soporte fundamental para la labor docente.

Frente a este escenario, el Ejecutivo consideró pertinente aprobar una bonificación extraordinaria y excepcional de S/ 487, como una forma de reconocer el compromiso y la dedicación del personal educativo que contribuye al funcionamiento del sistema educativo público y a la formación de millones de estudiantes en el Perú.

Es importante precisar que este beneficio tiene carácter extraordinario y se otorgará por única vez, por lo que no será incorporado a la remuneración mensual ni servirá como base para el cálculo de gratificaciones, compensaciones, pensiones u otros beneficios laborales. Asimismo, el pago estará sujeto a los procedimientos que establezcan el Ministerio de Educación y las entidades responsables de ejecutar los recursos.

¿Cuáles son los requisitos para recibir la bonificación extraordinaria de S/ 487?

Los docentes y auxiliares de educación que deseen acceder a la bonificación extraordinaria de S/ 487 deberán cumplir con las condiciones establecidas en la Ley de Crédito Suplementario para el Año Fiscal 2026. Estos requisitos tienen como finalidad garantizar que el beneficio llegue al personal que mantiene una relación laboral vigente con el Estado.

Para acceder al pago, será necesario cumplir con los siguientes criterios:

- Mantener un vínculo laboral activo con la entidad pública correspondiente al momento en que se efectúe el desembolso de la bonificación.
- Haber estado registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Contar con un registro vigente en el AIRHSP cuando la ley entre en vigor y se inicie el proceso de pago.

La norma también contempla una disposición importante para quienes no se encontraban prestando servicios de manera presencial al cierre del 2024. En ese sentido, los docentes y auxiliares que estaban de vacaciones o con licencia con goce de remuneraciones al 31 de diciembre de 2024 serán considerados como personal en labor efectiva, por lo que podrán acceder al beneficio siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos.

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Acerca de mi

Soy docente del nivel primaria apasionado por la enseñanza y el aprendizaje. En este espacio comparto noticias, recursos, ideas y reflexiones para inspirar a docentes, padres y estudiantes. Mi objetivo es contribuir a una educación más creativa y significativa. ¡Gracias por estar aquí y ser parte de esta comunidad educativa!

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